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COOPERATIVAS

Por definición una cooperativa, es una agrupación de personas sin ánimo de lucro que nace gracias a una necesidad común: adquirir una vivienda en las mejores condiciones tanto de calidad como de precio. Esta realidad se consigue gracias a la autopromoción de los socios cooperativistas, ya que de esta manera se eliminan intermediarios y por tanto eso se ve reflejado en el coste final de la vivienda.

Esto conlleva una doble implicación de los cooperativistas porque:

  • Por un lado son parte de la sociedad cooperativista y por tanto tienen cierta capacidad de decisión en determinados temas relacionados con el proyecto.

  • Por otro lado son los propietarios de dichas viviendas sobre las que ellos pueden elegir ciertas decisiones sobre las mismas, con el objetivo de conseguir las mejores características en su adquisición y la mejor administración y conservación.

TIPOS

Existen distintos tipos de cooperativas, para conocer todos los casos posibles ver artículo “tipos de cooperativas”, pero nos centraremos en explicar la que desarrollamos:

  • Gracias al trabajo multidisciplinar de CronosLive, nos permite representar el papel de gestora de cooperativa, es decir, interviene tanto a nivel gestor como técnico del proyecto que se lleva a cabo gracias a los socios cooperativistas, que en este caso son los propios propietarios de las viviendas. De esta manera, la misma entidad es quien busca los socios para constituir la cooperativa y así poder llevar a cabo el proyecto deseado en la parcela correspondiente (papel de promotor), además de ser el responsable de gestionar todos los trámites (atención y asesoramiento de los socios, organización, función legal y financiero …), controlar en todo momento el proceso de construcción y compra, así como los contratiempos que puedan surgir (papel de gestora).

  • Gracias al doble papel que asume CronosLive, nos permite reducir el número de intermediarios y por tanto reducir el coste global de la vivienda. Otra de las ventajas que presenta este tipo de organización es la transparencia en su actividad ya que es nuestro equipo el que se encarga de la gestión integral del proyecto, mostrando toda la información a los socios de cada proyecto. De esta manera se aporta una visión global del mismo en todos los aspectos permitiendo un mejor asesoramiento y seguimiento del proceso de construcción y compra.

En definitiva: nuestro equipo se encarga de la gestión integral del proyecto: selección del solar, proyecto técnico, gestión legal, financiera, construcción y control. Para dar respuesta a la necesidad de vivienda de los socios cooperativistas.

Al igual que otras instituciones, las cooperativas presentan un funcionamiento y unos órganos ejecutivos propios que les dan autonomía en sus decisiones, con las únicas limitaciones y condiciones establecidas por la Ley, para asegurar su correcto funcionamiento:

  • Asamblea General: es el conjunto de socios cooperativistas, los cuales tienen el derecho y la obligación de reunirse como mínimo una vez al año para deliberar, tomar decisiones y llegar a acuerdos en temas a tratar por los cooperativistas, ya sean convocatorias, plazos, cuentas anuales, pagos... Es decir, la asamblea general es la estructura adoptada por los socios integrantes de la cooperativa como órgano de expresión de la voluntad de los socios con el objetivo de resolver todo tipo de cuestiones planteadas.

  • Consejo o Junta Rectora: estructura formada por un número de participantes entre 3-15 (elegidos previamente por la Asamblea General mediante una votación secreta y con una duración del cargo de 5 años o según se estipule en asamblea) representando el papel de gestión legal y portavoz de la cooperativa, estando sujeto a la ley, estatutos y a la política general establecida en la propia Asamblea General. Otras de las funciones importantes que lleva a cabo el Consejo Rector es aprobar los pagos, disponer de las cuentas bancarias, fondos, créditos... además de solicitar préstamos u otros métodos de financiación. Los papeles que desempeñan estos miembros son: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, vocal... entre otros posibles cargos.

  • Interventores o Auditores: su principal función es el control de las cuentas anuales y determinar que todo esté correcto a nivel fiscal. Al igual que el Consejo Rector (órgano en el que están incluidos), éste también está elegido por la Asamblea General.

Como se puede ver, con este sistema de organización los participantes de la cooperativa son el órgano principal de la misma ya que son ellos quienes eligen a sus máximos representantes de una manera organizada y democrática, para así asegurar un buen funcionamiento de la misma.

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS COOPERATIVISTAS

Desde el momento en el que una persona decide formar parte de una cooperativa de viviendas, adquiere por un lado una serie de derechos, y por otro una serie de obligaciones.

Las ventajas con las que cuenta el socio cooperativista son las siguientes:

  • Representa la parte democrática del organismo al que pertenece, ya que cuenta con voz y voto en todas las decisiones que se tomen referentes al proyecto y su ejecución, así como en su administración y mantenimiento.

  • Puede elegir y ser elegido para formar parte de los Órganos de Gobierno de la Cooperativa.

  • Ser participantes de todas las actividades de la Cooperativa, ya que puede formular propuestas y participar en las distintas votaciones.

  • Puede cesar su actividad de socio con total libertad cuando quiera, liquidando a su vez sus aportaciones siguiendo los estatutos y leyes vigentes en ese momento, relacionadas con tal efecto, siempre y cuando su puesto sea cubierto por un nuevo socio cooperativista. El único requisito es que se formalice un preaviso por escrito al Consejo Rector con un tiempo máximo de 3-6 meses en caso de que el cese de actividad del socio sea por una causa justificada. Si por el contrario la causa es injustificada, se le podrá exigir permanecer en la cooperativa hasta el final del ejercicio económico, que no podrá ser superior a un periodo de tiempo de 5 años. Al ser por una causa injustificada, el importe abonado no se abonará por completo ya que se aplicará una penalización y el plazo del reintegro del dinero contará con un plazo de entrega entre los 3 meses a 5 años.

  • Y finalmente, la ventaja más importante con la que cuenta es el derecho a la información, ya que el socio cooperativista está en el derecho de acceder a toda la información en relación a todas las actividades de la cooperativa a la que pertenece, para determinar así que todo fluya correctamente asegurándose la transparencia del proyecto.

Por otro lado, nos encontramos con las obligaciones a las que se tiene que enfrentar:

  • Acudir a las reuniones a las que se le convoque, ya sean de la Asamblea General como de cualquier otro órgano de gestión.

  • Cumplir todas las normas y acuerdos establecidos.

  • Aceptar y ser responsable en el caso de ser elegido como integrante de los Órganos Ejecutivos.

  • Cumplir los plazos y fechas de pago de las cuotas de Capital Social.

  • Mantener la privacidad de las actividades internas de la Cooperativa, en el caso que su divulgación pueda poner en peligro la correcta actividad e integridad de la misma.

  • Cumplir en todo momento la legislación vigente y los estatutos.

¿POR QUÉ ADQUIRIR UNA VIVIENDA EN RÉGIMEN DE COOPERATIVA?

Las cooperativas de viviendas son un nuevo modelo de gestión que nos permite adquirir una buena vivienda a precio más reducido. De esta manera, los integrantes de dicha cooperativa se ven beneficiados por una serie de ventajas, las cuales son:

  • Conseguir una vivienda a precio más reducido ya que se omiten los intermediarios.

  • Implicación directa de los socios en el proceso del proyecto, control, calidad y seguridad del mismo, ya que será para su beneficio propio.

  • Tienen la capacidad de decidir sobre determinados aspectos de la construcción y gestión de forma grupal y/o individual, ya que cada cooperativista puede participar en esas decisiones.

  • Existe una mayor transparencia e información en todas las decisiones y avances del proyecto.

Por estas y otras razones, las cooperativas y en particular las cooperativas de viviendas deberían ser objeto de más atención, protección y fomento.